Seragro, S.C.G.

Una sentencia del Supremo cuestiona el actual sistema de saneamiento ganadero

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El alto tribunal admite que los productores puedan hacer un contraanálisis de sus animales en laboratorios privados de reconocido prestigio

 

 

Una sentencia del Tribunal Supremo, dictada el pasado mes de diciembre a propósito de la sanción a un ganadero que realizó un contraanálisis de las muestras de sangre de las reses de su explotación en un laboratorio no autorizado por el Gobierno regional para el análisis de la tuberculosis bovina, ha puesto por primera vez en cuestión el sistema de saneamiento ganadero.

La Ley de Sanidad Animal cántabra, que data del año 2003, obliga a los ganaderos a realizar los análisis de detección de enfermades animales en los laboratorios designados por el órgano competente, en este caso, en el Laboratorio de Sanidad Animal, dependiente de la Consejería de Desarrollo Rural.

La normativa impone duras sanciones a aquellos que realicen las pruebas en centros no oficiales. De este modo, todas las muestras tomadas por los veterinarios dependientes de este departamento dentro de las campañas de saneamiento ganadero son analizadas en ese laboratorio, y los ganaderos no tienen opción a un análisis contradictorio ni dirimente.

Fallo ratificado

Pero ahora el Tribunal Supremo echa por tierra este apartado y posibilita que los productores puedan realizar sus propios análisis, siempre que se hagan en un centro de reconocido prestigio, aunque no tenga el reconocimiento del Gobierno de Cantabria, y sus resultados no sean ocultados. No sólo podrán realizar sus propios contraanálisis, sino que no serán sancionados por ello.

Así lo estima el Supremo en una sentencia, que ratifica otra del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander, que anuló la sanción de 3.001 euros impuesta por la Administración regional a un ganadero que envió muestras de sangre de 153 reses de su explotación a la Facultad de Veterinaria de León porque no estaba de acuerdo con los resultados de los análisis realizados en el Laboratorio de Sanidad Animal de Cantabria.

El ganadero no sólo fue sancionado, sino que vio cómo su explotación de 319 cabezas de bovino fue inmovilizada durante dos años para, finalmente, ser vaciada y todos sus animales sacrificados, sin recibir subvención alguna ni poder cobrar la indemnización de su seguro.

El propietario de la sociedad cooperativa 'La Isla', situada en Renedo de Piélagos y una de las más prestigiosas de Cantabria, tuvo que acudir a los tribunales para que sus derechos fueran reconocidos y la sanción anulada. Sin embargo, la Consejería de Ganadería no se amilanó y recurrió en casación ante el Supremo, no para mantener la multa, sino para no perder competencias.

Para la Administración cántabra, permitir que laboratorios no oficiales puedan realizar análisis de detección de enfermedades animales supone, en la práctica, «perder sus facultades de diagnóstico, seguimiento y control de dichas enfermedades, con los riesgos que ello implica para la salud pública». Además, a su juicio, el diagnóstico «extraoficial» de enfermedades como la tuberculosis bovina en laboratorios no autorizados «interfiere en el desarrollo de los programas de erradicación de enfermedades y contribuye a su fracaso».

Estos argumentos no han sido atendidos por el Supremo. El tribunal no ve ningún riesgo para la campaña de saneamiento en que un ganadero realice análisis complementarios en un laboratorio de prestigio, como es el Departamento de Histología y Anatomía Patológica de la Facultad de Veterinaria de León, para intentar probar que sus animales no tenían tuberculosis y alzar así la inmovilización que pesaba sobre la explotación, y cuyos resultados entregó a la Administración.

La resolución se produce en un contexto en que la cabaña ganadera regional se encuentra más sana que nunca. Así, según los últimos datos oficiales, los índices de prevalencia de tuberculosis y brucelosis son los más bajos de las últimas décadas. La prevalencia de la brucelosis se ha situado en 2009 en un 0,43%, cuando hace tres años era del 2,26%.

 

CONSUELO DE LA PEÑA

SANTANDER.

 

Noticia obtenida de : www.eldiariomontanes.es 10-02-2010