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SE ABRE EL PERÍODO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE LAS AYUDAS DIRECTAS DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN PARA EL AÑO 2010
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- Publicado o Mércores, 03 Febreiro 2010 10:38
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Ayer, 1 de febrero, se inició el plazo para que aproximadamente un millón de productores puedan solicitar, a través de la “solicitud única”, las ayudas directas de la PAC financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía, FEAGA.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 99 del Real Decreto 66/2010, la presentación de la solicitud única, que permite que el productor pueda solicitar todas sus ayudas en una sola visita a la Administración, se podrá realizar, como todos los años, desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril. Una vez concluido este plazo, los agricultores podrán modificar sus solicitudes hasta el 31 de mayo.
Conviene destacar la importancia de que los productores cumplimenten adecuadamente su solicitud única y la presenten dentro de dicho plazo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la exclusión del sistema de ayudas directas para esta campaña, por una mala declaración o una presentación fuera de plazo
En este sentido, procede insistir en la necesidad de basar la declaración de superficies que se realice en el SIGPAC (Sistema de información geográfica de la PAC) que ha actualizado sus contenidos de cara a esta campaña, con la implementación de un nuevo visor que, además de incorporar una nueva tecnología en sus aplicaciones, introduce mejoras en sus funcionalidades para facilitar la labor de cumplimentación de las solicitudes.
El Sigpac es accesible a través de la Web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (www.mapa.es), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las Comunidades Autónomas.
Las Ayudas Directas que se pueden solicitar están detalladas, junto con los requisitos necesarios para poder acceder a las mismas, en el mencionado Real Decreto 66/2010. Entre las mismas se incluyen por un lado el Régimen de Pago Único, en el que en esta campaña se produce la integración de las ayudas percibidas en el sector de los cítricos, la destilación de alcohol de uso de boca y el arranque de viñedo, además de las ayudas que, por el “Chequeo Medico”, han quedado totalmente desacopladas (cultivos herbáceos, prima a la calidad del trigo duro, ayuda al olivar y primas al ganado ovino y caprino), y por otro las ayudas acopladas a la producción que son las siguientes:
RÉGIMEN DE PAGO ÚNICO:
•Pagos acoplados:
-Prima a las proteaginosas.
-Ayuda específica al arroz.
-Ayuda a los productores de patata con destino a fécula.
-Ayuda a los frutos de cáscara.
-Ayuda a los productores de semilla.
-Ayuda a los tomates para transformación
-Ayuda específica al cultivo del algodón.
-Ayuda a los productores de remolacha.
-Prima por vaca nodriza.
-Prima complementaria por vaca nodriza.
-Prima por sacrificio de ganado vacuno.
• Pagos adicionales (articulo 69 R (CE) 1782/2003):
-Pagos adicionales en el sector del algodón. -Pagos adicionales en el sector de la remolacha y la caña de azúcar.
-Pagos adicionales en el sector del ganado vacuno (explotaciones que mantengan vacas nodrizas, carne de vacuno de calidad reconocida y pagos adicionales en el sector lácteo).
• Ayudas específicas (articulo 68 R (CE) 73/2009):
-Ayuda para el fomento de rotación de cultivos en tierras de secano.
-Ayuda a la calidad de legumbres.
-Ayuda para el fomento de la calidad del tabaco.
-Ayuda a los productores de ovino y caprino con producción amparada por denominaciones de calidad.
-Ayuda a los productores de ovino y caprino de carne para compensar desventajas especificas.
-Ayuda a los productores lácteos para compensar desventajas especificas en zonas económicamente vulnerables o sensibles.
-Ayuda para el fomento de productos lácteos de calidad.
Estas nuevas ayudas establecidas en base al artículo 68 del R (CE) 73/2009 son la gran novedad de la presente campaña PAC y suponen, en total, un apoyo al sector de 150.880.000 euros. En el Real Decreto se detalla, para cada una de ellas, cuales son los requisitos establecidos que se deben cumplir para poder incluirlas en la correspondiente Solicitud Única.
Cada productor debe presentar su Solicitud Única, tal y como establece el artículo 99 del Real Decreto 66/2010, en la Comunidad Autónoma donde radique su explotación o la mayor parte de la superficie de la misma, y en caso de no disponer de superficie donde se encuentren el mayor número de animales de la explotación.
En el mismo plazo, se debe presentar, si procede, la solicitud de derechos de la Reserva Nacional de Pago Único tal y como establece el artículo 23 del Real Decreto 1680/2009 y las posibles alegaciones a la asignación provisional de derechos de Pago Único recientemente comunicada, en los casos de inicio de la actividad durante el periodo de referencia considerado, causas de fuerza mayor durante dicho periodo, cambios de titularidad de la explotación o solicitud de corrección de errores, previstos en el artículo 16 del citado Real
También en relación con los derechos de pago único, procede recordar que el plazo para la comunicación de las cesiones entre particulares a la Administración, que se inicio el pasado 1 de noviembre, finalizará el próximo 19 de marzo, excepto cuando se trate de cesiones por herencia, fusión, escisión, cambio de denominación y jubilaciones o programas de cese anticipado, en cuyo caso se podrán comunicar hasta el día 30 de abril.
Una vez presentada la Solicitud Única se realizarán los preceptivos controles establecidos por los reglamentos comunitarios y se procederá al pago de las ayudas efectivamente determinadas a partir del próximo 1 de diciembre de 2010.
En el año 2009 presentaron la Solicitud Única un total de 942.733 productores, los cuales están recibiendo desde el 1 de diciembre pasado, y hasta el próximo 30 de junio, ayudas por un valor total aproximado de 5.200 millones de euros, de los cuales las Comunidades Autónomas ya han abonado 4.240 millones de euros, aproximadamente el 82 % del total.
Noticia obtenida de www.revistafrisona.com 03-02-2010